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La ANTAI responde a las cuestiones suscitadas por esta nueva sanción :
- ¿Por qué crear una nueva multa por la no designación del conductor?
Para responsabilizar a los empresarios y conductores de vehículos pertenecientes a las personas jurídicas.
Desde la instauración del sistema de control automatizado, a comienzos de la década del 2000, era frecuente que los conductores que habían cometido una infracción al volante de un vehículo perteneciente a una persona jurídica escaparan a la retirada de puntos. Sucedía incluso que la persona jurídica pagara la multa en lugar del infractor.
Este proceso desresponsabiliza no sólo al autor del delito, sino también al organismo que lo emplea. Se pone en peligro la vida de los empleados y la de los demás usuarios de la carretera al no alentar el cumplimiento de las normas del Código de la Carretera.
Por eso se decidió crear una sanción con la obligación de revelar la identidad del conductor, para evitar que éste pueda eludir su responsabilidad y para que pueda ser destinatario de la señal de alerta que constituye la pérdida de puntos.
- ¿El mundo laboral está afectado por los accidentes viales?
Cabe destacar que los accidentes de tráfico son la principal causa de mortalidad en el trabajo. En 2015, 483 personas perdieron la vida en un desplazamiento vinculado a la actividad profesional y 4520 tuvieron que ser hospitalizadas a raíz de un accidente en el trayecto casa-trabajo o durante una misión. Para luchar contra estos accidentes, las empresas hacen muchos esfuerzos para una mayor seguridad vial.
- ¿Qué delitos están afectados por la obligación de designación?
La obligación de designar afecta a las infracciones de tráfico comprobadas según las modalidades previstas en el artículo L. 130-9 del Código de la Carretera y se enumeran en el artículo R. 130-11 del mismo código. Se trata de infracciones observadas por o a partir de los aparatos de control automático
homologados y relativas:
- al cinturón de seguridad;
- al uso del teléfono con las manos;
- al uso de vías y calzadas reservadas a determinadas categorías de vehículos;
- a la circulación en los arcenes;
- al respeto de las distancias de seguridad;
- al cruce y rebasamiento de las líneas continuas;
- a las señalizaciones que imponen la detención de los vehículos;
- a las velocidades máximas permitidas;
- al adelantamiento;
- a la entrada en el espacio comprendido entre ambas líneas de detención en un semáforo, reservado a los ciclos y ciclomotores;
- al uso del casco para los usuarios de vehículos dos ruedas.
- ¿Cuál es el importe de la multa impuesta si el representante legal no designa al autor del delito?
Cuando el representante legal no designa al autor del delito, la persona jurídica será sancionada con una multa a tanto alzado de 675 euros. Esta multa podrá incrementarse hasta 3750 euros por un Tribunal de proximidad que puede decidir también sancionar al representante legal con una multa de hasta 750 euros como máximo.
Estas multas se añaden a la prevista para la infracción cometida inicialmente y de la cual el representante legal es el único responsable con sus propios medios de pago (artículos L121-2 y L121-3 del Código de la Carretera) a falta de una designación.
- ¿Las multas e infracciones que datan de antes del 1 de enero de 2017 están afectadas por la nueva legislación? ¿A partir de qué fecha es vigente?
La nueva sanción se aplicará a las notificaciones de multa enviadas a partir del 1 de enero de 2017 (e incluso si la infracción se ha observado en una fecha anterior). Está prevista en el artículo L121-6 del Código de la Carretera.
- ¿En el caso de una sociedad que incluye varios co-gerentes, ¿quién es penalmente responsable de la no designación?
Cada uno de los representantes legales de la empresa puede incurrir en responsabilidad penal.
- ¿Si el representante legal es el propio autor de la infracción, debe designarse a sí mismo? ¿Puede pagar directamente?
Sí, el representante legal deberá designar a la persona física que conducía el vehículo en el momento de la infracción, incluso si el representante legal y el conductor son la misma persona.
En particular, debe proporcionar su nombre, su fecha de nacimiento y su número de permiso de conducir.
- ¿Que debo hacer si, como representante legal, no conozco al autor de la infracción cometida?
El representante legal tiene la obligación de dotarse de los medios que le permitan designar a los autores de infracciones de tráfico cometidas al volante de un vehículo perteneciente a su empresa. A tal efecto, podrá establecer sistemas de registros diarios, en papel o digital.
Sin embargo, la posibilidad de impugnar la notificación de multa sigue abierta. Así, el empleador podrá, en particular:
- Establecer la existencia de un robo o usurpación de placas (caso n° 1),
- Hacer valer un acontecimiento de fuerza mayor (caso n° 3).
- Faire valoir un événement de force majeure (cas n°3).