Noticias
En vista de la situación de emergencia sanitaria y de conformidad con lo dispuesto en la Orden n.º 2020-303 del 25 de marzo de 2020, a partir del 12 de marzo de 2020 y hasta un mes después de que finalice el estado de emergencia sanitaria, se doblan los plazos para recurrir las notificaciones de infracción y las multas de importe fijo por hechos delictivos enviadas por la ANTAI (recordatorio de las normas durante el estado de emergencia sanitaria).
El estado de emergencia sanitaria, vigente hasta el 10 de julio de 2020, ya ha finalizado, excepto en los territorios de la Mayotte y la Guayana, en los que se prorrogará hasta el 30 de octubre de 2020.
Por lo tanto, a partir del 11 de agosto de 2020 (excepto en Mayotte y Guayana):
- El plazo para recurrir las notificaciones de infracción y las multas de importe fijo por hechos delictivos vuelve a ser de 45 días a partir de la fecha que figura en la notificación;
- Para los profesionales, el plazo de identificación del conductor de un vehículo matriculado a nombre de una persona jurídica vuelve a ser de 45 días a partir de la fecha que figura en la notificación;
- Se recupera también el plazo de 30 días para recurrir las notificaciones de multa de importe fijo con recargo. Si la multa con recargo está relacionada con una infracción del código de la circulación y ha recibido la notificación por correo certificado, el plazo para recurrir es de tres meses a partir de la fecha que figura en la notificación.
Si tiene alguna pregunta, pueden contactar con el centro de atención telefónica de la ANTAI llamando al 0811 871 871 (0,05 euros/min + precio de una llamada normal).