Noticias
¡No pague su multa inmediatamente! Primero debe identificar a la persona que conducía el vehículo cuando se cometió la infracción La persona identificada recibirá una notificación de infracción a su nombre y podrá pagar la multa.
Si el representante legal no identifica al autor de la infracción, la persona jurídica se expone a una multa de importe fijo por incumplimiento de la obligación de identificación de una cuantía de 675 euros, que pasarían a ser 450 euros con reducción o 1875 euros con recargo.
Esta obligación de identificación no se aplica a los empresarios individuales si su vehículo está matriculado a su nombre como personas físicas y no al de la empresa como personas jurídicas (dictamen n.° 530 del 21 de abril 2020 del Tribunal de Casación).
Los enlaces que aparecen a continuación le permitirán repasar los trámites que debe realizar en función de su situación.