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Vehículo profesional: Trámites tras la recepción de una notificación de infracción
Le recordamos que desde 2017, el artículo L121-6 del Código de Circulación dispone que el representante legal de una empresa está obligado, bajo pena de multa en caso de incumplimiento, a identificar a la persona física que conducía el vehículo en el momento de la infracción.
Artisan fleuriste avec son véhicule professionnel

¡No pague su multa inmediatamente! Primero debe identificar a la persona que conducía el vehículo cuando se cometió la infracción La persona identificada recibirá una notificación de infracción a su nombre y podrá pagar la multa.

Si el representante legal no identifica al autor de la infracción, la persona jurídica se expone a una multa de importe fijo por incumplimiento de la obligación de identificación de una cuantía de 675 euros, que pasarían a ser 450 euros con reducción o 1875 euros con recargo.

Esta obligación de identificación no se aplica a los empresarios individuales si su vehículo está matriculado a su nombre como personas físicas y no al de la empresa como personas jurídicas (dictamen n.° 530 del 21 de abril 2020 del Tribunal de Casación).

Los enlaces que aparecen a continuación le permitirán repasar los trámites que debe realizar en función de su situación.

 

Empresario individual

Es usted vendedor, artesano, profesional liberal o agricultor y ha creado una empresa individual (EI), una empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL) o una microempresa...
Representante legal

Es usted el representante legal de una empresa (SA, SARL, SAS, etc.), una empresa unipersonal de responsabilidad limitada (EUR), una asociación, una administración territorial, un organismo público...
Gestor de un parque de vehículos

Es usted el representante legal de una flota de automóviles de pequeño tamaño (1 a 10 vehículos), mediana (más de 10 vehículos) o grande (más de 1000 vehículos).

Más información sobre la normativa